GERENCIA MUNICIPAL

BACH. BENNY OLIVIER AQUINO ALANYA

 R. Nº 0075-2024-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6207 

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La Gerencia Municipal es el órgano de alta dirección responsable de dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la gestión administrativa y operativa de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; de acuerdo con la normatividad que regula y rige a los Gobiernos Locales

  • Gestionar las actividades administrativas y operativas de la gestión municipal de acuerdo con los objetivos y metas institucionales.
  • Proponer las normas y planes para la implementación de las políticas y estrategias de la Municipalidad y disponer su implementación.
  • Proponer al Alcalde el Presupuesto Municipal, los Estados Financieros y la Memoria Anual de la municipalidad, conforme a las normas establecidas de la materia.
  • Evaluar e informar sobre la ejecución de los planes municipales, los recursos invertidos y las acciones destinadas a cumplir con los objetivos y metas de la Municipalidad.
  • Dirigir y supervisar la recaudación y administración de los recursos municipales, conforme a la normatividad vigente, así como las labores de asesoría y utilización de tecnología apropiada.
  • Fomentar una administración participativa para la innovación, organización de la gestión en el marco de la modernización y simplificación administrativa acorde con los objetivos estratégicos de desarrollo local.
  • Fomentar una cultura de integridad y transparencia en la gestión municipal.
  • Formular, integrar y disponer la implementación de lineamientos de política institucional.
  • Promover el fortalecimiento e institucionalizar los espacios de Participación Ciudadana, Comités de Vigilancia, y los mecanismos de Rendición de Cuentas.
  • Dirigir y supervisar las acciones vinculadas a defensa nacional, comunicación e imagen institucional, atención al ciudadano, gestión documental y el sistema de control interno, en el marco de la normatividad vigente.
  • Proponer documentos técnicos normativos e instrumentos de gestión, conforme a la normativa y en función a las necesidades de la municipalidad.
  • Coordinar, articular y orientar los productos y resultados de las gerencias a su cargo hacia el cumplimiento de la misión y el logro de los objetivos institucionales.
  • Integrar Comisiones o Comités que por ley expresa Jo determine.
  • Resolver en última instancia respecto de aquellos actos administrativos emitidos por las gerencias de la municipalidad que no agotan la vía administrativa, conforme a la normatividad vigente.
  • Declarar la nulidad de oficio de las resoluciones emitidas por las gerencias de la municipalidad, cuando corresponda y de acuerdo con la normatividad vigente.
  • Emitir resoluciones de gerencia municipal en asuntos de su competencia.
  • Las demás que le asigne el Alcalde en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

ING. WALTER MENACHO VEGA

 R. Nº 0596-2024-CG (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6324

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El Órgano de Control Institucional es conformante del Sistema Nacional de Control, responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la Municipalidad Distrital, promoviendo la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones; así como, el logro de sus resultados; mediante la realización de los servicios de control (simultáneo y posterior) y servicios relacionados, conforme a disposiciones de Ley y las que emita la Contraloría General de la República, como ente técnico rector del Sistema. Se ubica en el mayor nivel jerárquico organizacional.

  • Formular en coordinación con las unidades orgánicas competentes de la Contraloría General de la República, el Plan Anual de Control, de acuerdo a las disposiciones que sobre la materia emita la Contraloría.
  • Formular y remitir para aprobación del órgano desconcentrado o de la unidad orgánica a cuyo ámbito de control pertenece, la propuesta de carpeta de servicios de control posterior a ser realizados, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable.
  • Comunicar al Titular de la entidad bajo su ámbito de control, el inicio de los servicios de control gubernamental. Cuando se trate de servicios de control gubernamental a realizarse en entidades que no corresponden al ámbito de control del OCI, la comisión de control es acreditada ante el Titular de la entidad, por la Vicecontraloría, la Gerencia Regional de Control o la Subgerencia de Control, según corresponda.
  • Ejercer el control gubernamental conforme a las disposiciones establecidas en la Ley, las Normas Generales de Control Gubernamental y demás normas emitidas por la Contraloría.
  • Formular, aprobar y notificar a la entidad, los informes resultantes de los servicios de control gubernamental. El OCI, según las disposiciones aplicables vigentes, remite a la unidad orgánica o al órgano desconcentrado de la Contraloría del cual depende, el informe de control para su aprobación. Asimismo, cuando la Vicecontraloría, la Gerencia Regional de Control o la Subgerencia de Control lo disponga, el OCI remite a dichos órganos o unidad orgánica, según corresponda, el informe de control aprobado para su notificación a la entidad.
  • Elaborar la Carpeta de Control y remitirla al órgano desconcentrado o a la unidad orgánica de la Contraloría a cuyo ámbito de control pertenece el OCI, para su comunicación al Ministerio Público, conforme a las disposiciones emitidas por la Contraloría.
  • Recibir y atender, o de corresponder, derivar las denuncias que presentan las personas naturales o jurídicas, de acuerdo a la normativa aplicable.
  • Realizar los servicios de control gubernamental, respecto a las denuncias evaluadas que les sean derivadas, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable.
  • Efectuar el seguimiento a la implementación de las recomendaciones, así como de las acciones preventivas o correctivas que adopte la entidad, a partir de los informes resultantes de los servicios de control, conforme a la normativa específica que para tal efecto emite la Contraloría.
  • Realizar el registro oportuno en los sistemas informáticos establecidos por la Contraloría, de la información sobre los avances de los servicios de control gubernamental a su cargo, así como de los informes resultantes de dichos servicios.
  • Analizar las solicitudes de servicio de control gubernamental, que incluye pedidos de información presentados por el congreso de la Republica, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable.
  • Apoyar a las Comisiones Auditoras, comisiones de control, equipos o personal que designe la Contraloría General para la realización de los servicios de control gubernamental en de la entidad en la cual se encuentra el OCI, de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad operativa.
  • Realizar acciones que disponga la Contraloría respecto a la implementación del Sistema de Control interno en la entidad, de acuerdo a la normativa aplicable.
  • Coadyuvar con la ejecución de las actividades de audiencias públicas y participación ciudadana desarrolladas en su ámbito de competencia.
  • Cumplir con los encargos asignados en normas con rango de Ley o norma de ámbito nacional con rango o fuerza de ley, así como los asignados en los reglamentos, directivas, manuales, procedimientos y demás normativa emitida por la Contraloría.
  • Cumplir diligente y oportunamente, con los encargos y requerimientos que le formule la Contraloría.
  • Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la Contraloría durante diez (10) años los informes resultantes de los servicios de control gubernamental, documentación de control o papeles de trabajo, denuncias recibidas y en general toda documentación relativa a las funciones del OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector público.
  • Remitir a la Contraloría el acervo documentario del OCI respecto a los servicios de control gubernamental, en caso se desactive o extinga la entidad en la cual el OCI desarrolla funciones.
  • Emitir el Informe Anual al Concejo Municipal en cumplimiento a lo señalado en la Ley Orgánica de Municipalidades, y conforme a las disposiciones emitidas por la Contraloría.
  • Mantener en reserva y confidencialidad la información y resultados obtenidos en el ejercicio de sus funciones.
  • Otras que establezca la Contraloría General de la República.

PROCURADORIA PUBLICA MUNICIPAL

ABG. CLODOALDO ISMAEL TAMAYO JARA

 R. Nº 038-2020-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6227

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La Procuraduría Pública Municipal es el órgano de defensa jurídica, encargado de la ejecución de todas las acciones que conlleven a garantizar los intereses y derechos de la municipalidad, conforme a lo dispuesto en la Ley del Sistema de Defensa Jurídica del Estado. Se ubica en el mayor nivel jerárquico organizacional.

  • Evaluar y proponer fórmulas tendientes a conseguir la conclusión de un proceso jurisdiccional, en aquellos casos cuyas estimaciones patrimoniales implican un mayor costo que el monto estimado que se pretende recuperar, conforme a la normativa vigente.
  • Requerir a toda entidad pública información y/o documentos necesarios para evaluar el inicio de acciones o ejercer una adecuada defensa del Estado.
  • Evaluar el inicio de acciones legales cuando estas resulten más onerosas que el beneficio económico que se pretende para el Estado.
  • Efectuar toda acción que conlleve a la conclusión de un procedimiento administrativo, cuando ello implique alguna situación favorable para el Estado.
  • Propiciar, intervenir, acordar y suscribir convenios de pago de la reparación civil en investigaciones o procesos penales donde intervengan de acuerdo con la normativa vigente.
  • Emitir informes al Alcalde proponiendo la solución más beneficiosa para el Estado, respecto de los procesos en los cuales interviene, bajo responsabilidad y con conocimiento a la Procuraduría General del Estado.
  • Delegar representación a favor de los/as abogados/as vinculados a su despacho. Asimismo, podrá delegar representación a abogados de otras entidades públicas de acuerdo a los parámetros y procedimientos señalados en el Reglamento.
  • Conciliar, transigir y consentir resoluciones, así como desistirse de demandas, conforme a los requisitos y procedimientos dispuestos por la normativa. Para dichos efectos es necesario la autorización del Alcalde, previo informe del Procurador Público.
  • Coordinar con la Procuraduría General del Estado sobre las acciones de asesoramiento, apoyo técnico profesional y capacitación que brinda en beneficio de la defensa jurídica del Estado.
  • Las demás funciones establecidas en las normas que rigen el Sistema Administrativo de Defensa Judicial del Estado.

OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO E INVERSIONES

 LIC. JUAN PABLO LLAJA TAFUR

 R. Nº 119-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6268

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La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones es el órgano de asesoramiento, encargado de dirigir, planear, organizar, controlar y evaluar las actividades de los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, programación multianual y gestión de inversiones y modernización en concordancia con el Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) y el Plan estratégico Institucional (PEI). Asimismo, las actividades de cooperación técnica y de estadística municipal. Depende de la Gerencia Municipal. 

  • Planear, organizar, dirigir, controlar y evaluar, en el ámbito de la Municipalidad Distrital, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Inversión Pública, Modernización y cooperación técnica.
  • Proponer y aprobar directivas y normas de aplicación en el ámbito institucional relacionadas con los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Inversión Pública, Modernización y cooperación técnica.
  • Dirigir el proceso técnico de formulación, monitoreo y evaluación de los planes estratégicos y operativos, de acuerdo con las normas y lineamientos técnicos vigentes sobre la materia.
  • Dirigir el proceso de modernización de la gestión institucional de acuerdo con las normas y lineamientos técnicos sobre la materia.
  • Emitir opinión técnica respecto a los documentos de gestión de la entidad.
  • Promover, asesorar y participar en la formulación de la gestión de procesos, simplificación administrativa y demás materias comprendidas en el sistema administrativo de modernización de la gestión pública.
  • Evaluar y proponer el proyecto de Presupuesto Institucional Anual con una perspectiva de programación multianual y gestionar la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA).
  • Gestionar la aprobación de la Programación de Compromisos Anualizada (PCA) de la entidad.
  • Ejecutar las acciones que correspondan como Oficina de Programación Multianual de Inversiones, de acuerdo con las normas y lineamientos técnicos sobre la materia.
  • Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.
  • Expedir resoluciones en las materias de su competencia.
  • Proponer y gestionar la suscripción, prórroga y modificación de convenios de cooperación, relativos a la Municipalidad y emitir opinión técnica sobre propuestas de convenios.
  • Organizar y controlar la formulación y evaluación de la información estadística de la municipalidad y del distrito.
  • Las demás funciones que le asigne el/la Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

OFICINA GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA

ABG. PAULO CESAR FREYRE CARBAJAL

 R. Nº 209-2023-MDPP (Ver/Descargar)

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La Oficina General de Asesoría Jurídica es el órgano de asesoramiento responsable de asesorar y emitir opinión de carácter jurídico a la Alta Dirección y a las unidades de organización de la Municipalidad Distrital. Depende de la Gerencia Municipal. 

  • Asesorar a la Alta Dirección y a las unidades de organización de la Municipalidad Distrital sobre asuntos de carácter jurídico relacionados con las competencias municipales.
  • Absolver consultas de carácter jurídico que le sean formuladas por las diferentes unidades de organización de la administración municipal; emitiendo dictámenes y opiniones legales.
  • Formular dispositivos legales en coordinación con las unidades de organización de la municipalidad según corresponda, y emitir opinión jurídica sobre proyectos de ordenanzas, acuerdos, Decretos de Alcaldía, Resoluciones de Alcaldía que se sometan a su consideración.
  • Revisar y visar los proyectos de dispositivos legales que expida la Alta Dirección, debiendo contar previamente con el informe técnico elaborado por el órgano correspondiente.
  • Formular o emitir opinión jurídica respecto a subastas, convenios y contratos diversos que celebra la Municipalidad, en observancia de la normatividad vigente, bajo responsabilidad.
  • Emitir opinión jurídica sobre los recursos impugnativos y quejas.
  • Compilar, concordar y sistematizar las normas legales relacionadas con la entidad.
  • Otras funciones que le asigne el Gerente Municipal dentro del ámbito de sus competencias y aquellas que le sean dadas por normativa expresa.

OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

LIC. ZAIDA LISETTE CASTILLA AQUINO

 R. Nº 094-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6224

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La Oficina General de Administración y Finanzas es el órgano de apoyo responsable de dirigir, planear, organizar y evaluar los sistemas administrativos vinculados a la gestión de recursos humanos, abastecimiento, contabilidad, tesorería, endeudamiento público y los procesos de gobierno digital, de acuerdo con la normativa vigente, con el fin de apoyar oportuna y eficientemente al cumplimiento de los objetivos institucionales.  

  • Planear, organizar, dirigir, controlar y evaluar en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los sistemas administrativos de gestión de recursos humanos, abastecimiento, contabilidad, tesorería, endeudamiento público y gobierno digital.
  • Proponer y aprobar directivas y normas de aplicación en el ámbito institucional relacionadas con los sistemas administrativos de gestión de recursos humanos, abastecimiento, contabilidad, tesorería, endeudamiento público y gobierno digital.
  • Supervisar la ejecución del Plan de Desarrollo de las Personas - POP de la municipalidad.
  • Suscribir contratos y/o convenios relacionados a la adquisición de bienes, contratación de servicios, ejecución de obras y otros de su competencia.
  • Supervisar la administración de los bienes muebles e inmuebles de la entidad, así como del control y la actualización del margesí de estos.
  • Proponer, gestionar y emitir los actos de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de los bienes de la municipalidad.
  • Supervisar el control patrimonial y custodia de los activos y de los bienes en almacén.
  • Administrar los recursos financieros en concordancia con el Plan Estratégico Institucional, el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional, así como informar oportuna y periódicamente a la Alta Dirección y a las entidades competentes sobe la situación financiera de la municipalidad.
  • Dirigir y supervisar la formulación de los estados financieros y presupuestarios de la entidad.
  • Participar en coordinación con la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones, en las fases de programación y formulación del presupuesto institucional de la entidad, así como conducir su fase de ejecución.
  • Efectuar el control previo y concurrente de las operaciones administrativas y financieras de la entidad, en cumplimiento de las normas del Sistema Administrativo de Control.
  • Administrar y mantener actualizado en el ámbito de su competencia el Registro de Declaraciones Juradas de la Contraloría General de la República, de conformidad con la normatividad vigente
  • Emitir actos administrativos o de administración que correspondan en el marco de las competencias asignadas en la normatividad vigente.
  • Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.
  • Identificar y evaluar necesidades y oportunidades de implementación de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) a nivel institucional.
  • Cumplir con las normas, estándares y directivas emitidas por el ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital.
  • Administrar los recursos informáticos, así como proveer el soporte técnico requerido para los usuarios y recursos.
  • Promover y coordinar acciones con los demás órganos para la adecuada gestión de la seguridad de la información.
  • Asesorar con herramientas informáticas y necesidades de capacitación en acciones de transparencia, gobierno digital, entre otras, que permitan mejorar las intervenciones de la municipalidad.
  • Expedir resoluciones en las materias de su competencia.
  • Las demás funciones que le asigne el/la Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

OFICINA DE FINANZAS

C.P.C SANTIAGO MANUEL ARRAZABAL PAREDES

 R. Nº 009-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6266

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La Oficina de Finanzas es la unidad orgánica responsable de coordinar, controlar y ejecutar los procesos del Sistema Nacional de Contabilidad y del Sistema Nacional de Tesorería. Depende de la Oficina General de Administración y Finanzas.

  • Gestionar los procesos vinculados a la gestión contable de hechos económicos, financieros y patrimoniales conforme a las disposiciones normativas del Sistema Nacional de Contabilidad.
  • Gestionar los procesos vinculados a la gestión del flujo financiero en la entidad, conforme a las disposiciones del sistema nacional de Tesorería.
  • Proponer y aplicar normas, lineamientos, procedimientos contables y directivas internas, así como realizar seguimiento y evaluación de su cumplimiento, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad.
  • Formular y proponer el manual de procedimientos contables de la entidad.
  • Efectuar las acciones conducentes al reconocimiento, medición, registro y procesamiento de los hechos económicos de la entidad, elaborado los estados financieros y presupuestos, e información complementaria con sujecion al sistema contable
  • Elaborar los libros contables y presupuestarios.
  • Generar los estados financieros de la entidad y efectuar las conciliaciones contables con las dependencias y entes correspondientes.
  • Gestionar el registro contable del pliego, así como su actualización, en el Sistema Integrado de Administración Financiera de los Recursos Públicos (SIAF-RP).
  • Integrar y consolidar la información contable del pliego para su presentación periódica.
  • Supervisar el cumplimiento de la rendición de cuentas por parte del Alcalde, para la presentación de información y análisis de los resultados presupuestarios, financieros, económicos, patrimoniales, así como el cumplimiento de metas e indicadores de gestión financiera del ejercicio fiscal ante la Dirección General de Contabilidad Pública.
  • Proponer y aplicar normas, lineamientos y directivas internas, así como realizar seguimiento y evaluación de su cumplimiento, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Tesorería.
  • Gestionar la ejecución financiera del gasto en su fase de pago, a través del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF- SP) o el que lo sustituya.
  • Ejecutar el proceso de recaudación, depósito y conciliación de los ingresos generados por la entidad, por las diferentes fuentes de financiamiento, efectuando su oportuno registro en el SIAF-SP o el que lo sustituya.
  • Implementar la aplicación de medidas de seguridad para la custodia y traslado del dinero en efectivo, así como para la custodia de cheques y documentos valorados en poder de la entidad.
  • Actualizar y ejecutar el registro, control y verificación de la autenticidad de las fianzas, garantías y pólizas de seguros en custodia de la entidad, de acuerdo con la normatividad vigente, así como implementar y mantener las condiciones que permitan el acceso al SIAF-SP o el que lo sustituya por parte de los responsables de las áreas relacionadas con la administración de la ejecución financiera y operaciones de tesorería.
  • Gestionar la declaración, presentación y pago de tributos y otras obligaciones que correspondan a la municipalidad con cargo a fondos públicos, dentro de los plazos definidos y en el marco de la normatividad vigente.
  • Gestionar ante el ente rector la apertura, manejo y cierre de las cuentas bancarias de la entidad, realizando las conciliaciones bancarias por toda fuente de financiamiento.
  • Implementar medidas de seguimiento y verificación del estado y uso de los fondos públicos, que comprende arqueos de los flujos financieros y/o valores, conciliaciones, y demás acciones que determine el ente rector.
  • Implementar la gestión de riesgos fiscales en la Municipalidad.
  • Gestionar los fondos Públicos provenientes del endeudamiento público, conforme a las disposiciones del sistema nacional de endeudamiento público.
  • Recibir y ejecutar los desembolsos de endeudamiento de acuerdo con la normativa vigente.
  • Otras funciones que le asigne el Jefe/a de la Oficina General de Administración dentro del ámbito de sus competencias y aquellas que le sean dadas por normativa expresa.

OFICINA DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

LIC. JOEL ARTURO MARCOS PICÓN

 R. Nº 056-2024-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6208

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La Oficina de Gestión del Talento Humano es la unidad orgánica responsable de coordinar, controlar y ejecutar las acciones propias del sistema administrativo de gestión de recursos humanos, orientando la realización individual del personal hacia el logro de los objetivos institucionales de la municipalidad. Depende de la Oficina General de Administración y Finanzas. 

  • Proponer y aplicar políticas, estrategias, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión de recursos humanos, así como el diseño y seguimiento del Plan de Recursos Humanos, alineado a los objetivos de la entidad y en el marco de lo dispuesto en la normativa del sistema administrativo de gestión de recursos humanos.
  • Organizar la gestión de los recursos humanos en la municipalidad, mediante la planificación de las necesidades de personal, en congruencia con los objetivos de la establecidos.
  • Proponer el diseño y administración de los puestos de trabajo de la entidad, a través de la formulación y administración de los perfiles de puesto y el Cuadro para asignación de personal Provisional o el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), según corresponda.
  • Implementar y monitorear la gestión del rendimiento en la entidad, evidenciando las necesidades de los servidores civiles, mejoras en el desempeño de los puestos y el aporte de aquellos a los objetivos y metas de la municipalidad.
  • Implementar y evaluar los procesos de gestión de las compensaciones económicas y no económicas de los servidores de la municipalidad.
  • Gestionar el proceso de administración de personas, que involucra la administración de legajos, control de asistencias, desplazamientos, procedimientos disciplinarios y desvinculación del personal de la municipalidad.
  • Gestionar el proceso de incorporación del personal de la entidad, que involucra la selección, vinculación, inducción y el período de prueba.
  • Gestionar la progresión en la carrera y el desarrollo de las capacidades destinadas a garantizar los aprendizajes individuales y colectivos.
  • Desarrollar acciones en materia de bienestar social, relaciones laborales, cultura y clima organizacional, comunicación interna, integridad; así como en seguridad y salud en el trabajo.
  • Administrar y mantener actualizado en el ámbito de su competencia el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC) y los demás registros que sean de su competencia.
  • Otras funciones que le asigne el Jefe/a de la Oficina General de Administración y Finanzas dentro del ámbito de sus competencias y aquellas que le sean dadas por normativa expresa.

OFICINA DE LOGÍSTICA

ABG. JERONIMO PEDRO GUIZADO SILVERA

 R. Nº 097-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6308

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La Oficina de Logística es la unidad orgánica encargada de la programación, ejecución y control de los procesos del sistema administrativo de abastecimiento de la municipalidad, de conformidad con la normativa correspondiente.

  • Gestionar la ejecución de los procesos vinculados a la Cadena de Abastecimiento Público, en el marco de lo dispuesto en la normativa del sistema administrativo de abastecimiento.
  • Proponer y aplicar normas, lineamientos, directivas y buenas prácticas de gestión interna sobre la operatividad del sistema administrativo de abastecimiento en la entidad.
  • Coordinar, consolidar y elaborar la programación multianual de los bienes, servicios y obras requeridos por las unidades de organización de la entidad, a través de la elaboración del Cuadro Multianual de Necesidades.
  • Coordinar, programar, ejecutar e informar transparentemente los procesos de obtención de bienes, servicios y obras requeridos por la entidad.
  • Gestionar los bienes de la entidad, a través del registro, almacenamiento, distribución, disposición y supervisión de estos.
  • Coordinar y ejecutar acciones de mantenimiento, conservación y seguridad sobre los bienes muebles e inmuebles de la entidad.
  • Otras funciones que le asigne el Jefe/a de la Oficina General de Administración y Finanzas dentro del ámbito de sus competencias y aquellas que le sean dadas por normativa expresa.

 

OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN

M.Eng. CIP SERGIO LUIS MELENDEZ MORA

 R. Nº 0013-2024-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6402

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La Oficina de Tecnologías de Información es la unidad orgánica responsable de coordinar, organizar, ejecutar y controlar la implementación, desarrollo y mantenimiento de los sistemas para la gestión de los procesos de la municipalidad, así mismo promover el máximo acceso y uso de las tecnologías digitales por parte de los ciudadanos e integrantes de la gestión municipal.

  • Formular, proponer y ejecutar el plan de gobierno digital en concordancia con los objetivos estratégicos institucionales y las necesidades de los órganos de la entidad.
  • Formular, proponer, ejecutar y evaluar los planes informáticos en concordancia con los objetivos institucionales y necesidades de los órganos de la entidad.
  • Identificar y evaluar las necesidades y oportunidades de implementación de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) a nivel institucional.
  • Cumplir con las normas, estándares y directivas emitidas por el ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital.
  • Elaborar y actualizar directivas, metodologías y estándares para la gestión de los recursos informáticos.
  • Administrar los recursos informáticos, así como proveer el soporte técnico requerido para los usuarios y recursos.
  • Promover y coordinar acciones con los demás órganos para la adecuada gestión de la seguridad de la información.
  • Asesorar con herramientas nformáticas y necesidades de capacitación en acciones de transparencia, gobierno digital, entre otras, que permitan mejorar las intervenciones de la municipalidad.
  • Otras funciones que le asigne el Jefe/a de la Oficina General de Administración y Finanzas dentro del ámbito de sus competencias y aquellas que le sean dadas por normativa expresa.
Manuales de Uso
Manuales de Uso DESCARGAR
Manual de Software Melissa
Manual de Software Clarissa

Documentos de Gestión

OFICINA GENERAL DE COMUNICACIONES 

BACH. ROY DENNY HUALLPA CHOQUEHUAYTA

 R. Nº 202-2023-MDPP (Ver/Descargar)

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La Oficina General de Comunicaciones es el órgano apoyo encargado de dirigir, planear, organizar y evaluar la imagen y relaciones públicas de la Municipalidad. 

  • Proponer e implementar políticas y estrategias de comunicación interna y externa.
  • Planear, organizar, dirigir, controlar y evaluar, los contenidos a ser difundidos por los medios de comunicación oficial de uso institucional.
  • Organizar la atención protocolar, imagen y relaciones públicas de la Municipalidad en eventos internos y externos.
  • Supervisar y controlar los eventos que organizan las gerencias a fin de mantener estándares de calidad y protocolo establecido.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás funciones que le asigne el/la Gerente/a Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

BACH. PAOLA LIZETH HUAMÁN QUISPE

 R. Nº 071-2024-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6393

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La Oficina de Atención al Ciudadano es el órgano apoyo encargado de dirigir, planear, organizar y evaluar el apoyo administrativo al Concejo Municipal y a la Alcaldía, la gestión documentaria, la atención al público, así como la integridad y lucha contra la corrupción en la Municipalidad. 

  • Poner a disposición de las Comisiones de Regidores, los temas propuestos por la administración, que ameriten ser dictaminados por dichas comisiones previos a las Sesiones de Concejo.
  • Organizar y concurrir a las sesiones del Concejo Municipal, citando a los Regidores de acuerdo con los plazos establecidos en el Reglamento Interno de Concejo, así como coordinar la participación de los gerentes involucrados en los temas de agenda.
  • Elaborar y custodiar las actas de las sesiones de Concejo, así como difundir los acuerdos de Concejo.
  • Elaborar y/o adecuar los proyectos de ordenanzas, acuerdos y resoluciones de Concejo en estricta sujeción a las decisiones adoptadas por el Concejo Municipal, a las normas legales vigentes y disponer la publicación de los dispositivos que legalmente correspondan.
  • Atender solicitudes y emitir comunicaciones en coordinación con la unidad orgánica correspondiente, en cumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
  • Gestionar la designación de fedatarios de la entidad de acuerdo con la normatividad interna que lo regula.
  • Gestionar la orientación y atención al público sobre el trámite de sus expedientes y servicios públicos municipales.
  • Conducir, supervisar y ejecutar la gestión documentaria de la municipalidad.
  • Gestionar los reclamos y consultas de acción inmediata, provenientes de los contribuyentes y vecinos, disponiendo la intervención de las unidades orgánicas competentes hasta la culminación del proceso.
  • Gestionar la actualización permanente del Portal Institucional y del Portal de Transparencia de la Municipalidad.
  • Supervisar la sistematización y publicación de la documentación oficial y dispositivos legales que emanen de la Municipalidad.
  • Supervisar la implementación de los principios de gobierno abierto para todos los procesos institucionales.
  • Desarrollar las funciones de integridad institucional, acorde a las disposiciones establecidas por el ente rector.
  • Emitir resoluciones en los asuntos de su competencia y de aquellos temas que le sean delegados.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás funciones que le asigne el/la Gerente/a Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa

GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

ABG. ELIZABETH PILAR JACOME HUAMAN

 R. Nº 181-2023-MDP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200

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La Gerencia de administración tributaria es el órgano de linea encargado de dirigir, planificar, organizar, supervisar y evaluar la administración, registro, recaudación, fiscalización, asesoria y orientación tributaria municipal, asi como proponer las medidas sobre politica triiutaria, depende de la Gerencia Municipal.

  • Proponer normas, politicas y mecanismos para la gestión tributaria de la municipalidad, que conlleven a su mejora, ampliación de la base tributaria y la reducción de la morosidad.
  • Gestionar los procesos del sistema tributario municipal.
  • Supervisar las campañas, orientacion y asesoría a los contribuyentes en matera de tributos.
  • Conducir y supervisar el sistema de cobranzas ordinarias y coactivas, centros autorizados de recaudación y recaudadores, cuentas corrientes de los contribuyentes, determinación de costos de los servicios municipales y valor de las especies valoradas.
  • Supervisar los operativos de fiscalización tributaria
  • Emitir resoluciones el ámbito de su competencia.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

GERENCIA DE PREVENCIÓN

ING. JAIME ELIO LIMONCHI GUERRERO (e)

 R. Nº 072-2024-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 000-0000 Anexo: 0000

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La Gerencia de Prevención es el órgano de linea responsable de dirigir, planificar, organizar, supervisar y evaluar los programas sociales, de educación, cultura, deporte y recreación, Así como de las actividades conducentes a mejorar la calidad y condiciones de vida de las personas, con especial énfasis en los jóvenes, personas con discapacidad, adulto mayor, niñez, mujer y la familia. Depende de la Gerencia Municipal.

  • Proponer normas y estrategias para la gestión de los programas sociales, educación, cultura, deporte y recreación, en el marco de lo dispuesto por las normas correspondientes.
  • Planificar, organizar, implementar, realizar el seguimiento y evaluación de los procesos para el desarrollo social y humano de la jurisdicción.
  • Dirigir y supervisar la Biblioteca Municipal, teatro, centros culturales y talleres de arte que fomenten la educación, cultura y lectura como herramienta para generar conocimiento.
  • Promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la jurisdicción y su identificación, registro, control, conservación y restauración, en coordinación con las entidades correspondientes.
  • Promover actividades culturales para fomentar una cultura cívica, democrática y fortalecer la identidad cultural de la población campesina, nativa y afroperuana.
  • Supervisar los programas de prevención, rehabilitación y erradicación del consumo de drogas y alcoholismo.
  • Gestionar los programas y servicios sociales que apoyen a mejorar la calidad de vida de la población vulnerable (niños y niñas, adultos mayores, madres jóvenes y personas con discapacidad), promoviendo la participación de la sociedad civil y de los organismos públicos.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Dirigir, coordinar y ejecutar los programas relacionados al Sistema Nacional de Focalización Hogares (SISFOH), la Defensoría Municipal del Niño y Adolescente (DEMUNA), el Centro Integral del Adulto Mayor (CIAM) y la Oficina Municipal de Atención a la persona con Discapacidad (OMAPED).
  • Promover, organizar y sostener, cunas y guarderías infantiles, establecimientos de protección a los niños, a personas con impedimentos y ancianos desvalidos, así como casas de refugio
  • Difundir y promover los derechos del niño y del adolescente, de la mujer y del adulto mayor, propiciando espacios para su participación en el nivel de las instancias municipales.
  • Promover programas de prevención y rehabilitación en los casos de consumo de drogas y alcoholismo y crear programas de erradicación en coordinación con el gobierno regional, pudiendo contar con cooperación internacional.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

SUBGERENCIA DE RECAUDACIÓN Y EJECUCIÓN COACTIVA

ABG. KATERINE IRENE TERRONES VILCA DE GOMERO

 R. Nº 007-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200

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La Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva es la unidad orgánica responsable de ejecutar y controlar el proceso de recaudación y ejecución coactiva, brindar asesoría y orientación a los contribuyentes y desarrollar actividades de cultura tributaria a los vecinos. Depende de la Gerencia de Administración Tributaria. 

  • Formular, proponer e implementar normas para la mejora del sistema tributario municipal.
  • Programar y controlar la recaudación y la deuda tributaria de los contribuyentes de la jurisdicción.
  • Informar periódicamente sobre el movimiento general de cobranzas y la situación de pagos de los contribuyentes.
  • Formular el Plan Anual de Cobranzas de obligaciones tributarias y no tributarias en cobranza coactiva.
  • Organizar, coordinar y controlar la ejecución coactiva de obligaciones tributarias y no tributarias que sean exigibles coactivamente.
  • Emitir las resoluciones coactivas conforme a la normativa vigente y notificar al obligado.
  • Disponer y ejecutar las medidas cautelares y los actos de ejecución forzosa que establece la ley.
  • Ejecutar las garantías ofrecidas por los contribuyentes de acuerdo a ley.
  • Programar y ejecutar campañas o programas para generar una cultura tributaria en los vecinos.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Expedir resoluciones que aprueben el fraccionamiento y/o aplazamiento de la deuda tributaria y aquellas que declaran la pérdida de esta.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Administración Tributaria en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

SUBGERENCIA DE REGISTRO Y FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA

 ABG. ELIZABETH PILAR JACOME HUAMAN (e)

 R. Nº 006-2023-MDPP (Ver/Descargar)

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La Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria es la unidad orgánica responsable de ejecutar y controlar el registro de los contribuyentes y la fiscalización tributaria conforme a ley. Depende de la Gerencia de Administración Tributaria. 

  • Formular, proponer e implementar normas y planes para el registro y la fiscalización tributaria.
  • Programar y controlar la fiscalización tributaria destinadas a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales.
  • Organizar, ejecutar y controlar el registro en la base de datos de las Declaraciones Juradas y otros documentos tributarios de su competencia.
  • Emitir los valores por omisiones al pago e incumplimientos detectados, a partir de la presentación de declaraciones por parte de los contribuyentes del distrito e informar a la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva.
  • Programar y controlar el registro, orientación y asesoría en tributación municipal.
  • Brindar servicios de orientación y asesoría al contribuyente
  • Realizar acciones e inspecciones, a fin de detectar probables omisos, subvaluadores e infractores tributarios.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Administración Tributaria en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO

M. Eng. HILDA CHACCHA SUASNABAR

 R. Nº 076-2024-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6247

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La Gerencia de Desarrollo Urbano es el órgano de línea responsable de dirigir, planificar, organizar, supervisar y evaluar las acciones relacionadas a la organización del espacio físico y uso del suelo. Depende de la Gerencia Municipal. 

  • Proponer las normas y realizar el seguimiento y evaluación para la organización del espacio y uso del suelo del distrito.
  • Proponer, implementar, realizar el seguimiento y evaluar el plan urbano o rural distrital, según corresponda, con sujeción al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia.
  • Supervisar el otorgamiento de autorizaciones, derechos, licencias y realizar la fiscalización, en materia de organización del espacio y uso del suelo.
  • Organizar y supervisar las actividades relacionadas con el catastro urbano y la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial.
  • Supervisar la implementación y ejecutar los planes de desarrollo urbano y otros planes específicos.
  • Supervisar el otorgamiento de licencias para la apertura y funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y profesionales, de acuerdo con la normativa vigente.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Emitir Resoluciones en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

SUBGERENCIA DE AUTORIZACIONES MUNICIPALES

ARQ. GLADYS MILAGROS REYES MITMA

 R. Nº 012-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6229

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La Subgerencia de Autorizaciones Municipales es la unidad orgánica responsable de otorgar autorizaciones municipales necesario en el desarrollo urbano-espacial del distrito. Depende de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 

  • Otorgar autorizaciones, derechos y licencias para las habilitaciones urbanas, construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábricas, así como construcción de estaciones radioeléctricas y tendido de cables de cualquier naturaleza.
  • Otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de servicios.
  • Establecer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas, y la numeración predial.
  • Fiscalizar las habilitaciones urbanas, construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábricas, espectáculos públicos, así como ubicación de avisos publicitarios y propaganda política, así como construcción de estaciones radioeléctricas y tendido de cables de cualquier naturaleza.
  • Otorgar certificados de conformidad de obra, informando a la Subgerencia de Saneamiento y Planeamiento Urbano para la actualización catastral.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Desarrollo Urbano en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

SUBGERENCIA DE SANEAMIENTO Y CATASTRO

ARQ. GLADYS MILAGROS REYES MITMA

 R. Nº 075-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6231

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La Subgerencia de Saneamiento y Catastro es la unidad orgánica responsable del ordenamiento urbano, el adecuado uso del suelo y el catastro necesario para la planificación urbana-espacial del distrito. Depende de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 

  • Formular, proponer e implementar normas para la organización del espacio y uso del suelo del distrito.
  • Formular ejecutar y controlar el plan urbano distrital, según corresponda, con sujeción al plan y a las normas municipales sobre la materia.
  • Elaborar y mantener actualizado el catastro distrital.
  • Ejecutar acciones para el reconocimiento de los asentamientos humanos y promover su desarrollo y formalización.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Desarrollo Urbano en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

GERENCIA DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

ING. JAIME ELIO LIMONCHI GUERRERO

 R. Nº 014-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6269

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La Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres es la unidad orgánica responsable de la gestión del riesgo de desastres y las actividades de defensa civil en el distrito, a través de planes de prevención, contingencia, emergencia, urgencia y rehabilitación en su jurisdicción. Depende de la Gerencia de Desarrollo Urbano

  • Ejecutar el control técnico de las edificaciones, evaluar las condiciones de seguridad en los espectáculos públicos y ubicación de anuncios y avisos públicos.
  • Identificar los inmuebles en estado ruinoso y calificar los tugurios en los cuales deban realizarse tareas de renovación urbana en coordinación con la municipalidad provincial y el gobierno regional.
  • Elaborar, proponer e implementar el Plan Integral de Prevención y Contingencias para la atención de situaciones de emergencia, urgencia, desastres y siniestros, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil.
  • Planificar y ejecutar simulacros de desastres en Instituciones Educativas, Centros Laborales, comunales, locales públicos y privados, que permitan sistematizar la experiencia para retroalimentar los planes de prevención, contingencia, emergencia y urgencia.
  • Ejercer el rol de Secretaría Técnica del Comité Distrital de Defensa Civil.
  • Evaluar daños y realizar el análisis de necesidades en caso de desastre, generando las propuestas pertinentes para la declaratoria del estado de emergencia y la información técnica y científica sobre peligros, vulnerabilidad y riesgo en la jurisdicción para la prevención de riesgos y desastres.
  • Supervisar la atención de las poblaciones damnificadas por desastres naturales o de otra índole, en coordinación con las instancias correspondientes.
  • Conducir y supervisar la implementación de normas, planes y procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Desarrollo Urbano en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS

 ING. MARTHA PATRICIA BECERRA SAAVEDRA

 R. Nº 072-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6217

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La Gerencia de Inversiones Públicas es el órgano responsable de la formulación, ejecución y control de todas las inversiones públicas dotando de infraestructura que requiere el distrito, y fomento de inversiones privadas en proyectos de interés local. Depende de la Gerencia Municipal. 

  • Gestionar el sistema de inversión pública en sus fases de formulación y ejecución de proyectos y obras de infraestructura pública urbana, de conformidad con lo planificado.
  • Ejecutar obras de infraestructura pública de conformidad con la Programación Multianual de Inversiones.
  • Gestionar los registros sobre las inversiones que solicite la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones y los demás órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. d) Ejecutar las obras, bajo la modalidad de administración directa y en la modalidad de contrato.
  • Realizar el mantenimiento y conservación de la infraestructura vial, peatonal, mobiliario urbano, monumentos, espacios públicos, plazas, bulevares, losas deportivas y otros similares, velando por su adecuado funcionamiento.
  • Emitir Resoluciones en el ámbito de su competencia: Expedientes Técnicos, Liquidaciones de Obra, Liquidaciones de Consultorías de Obra, Ampliaciones de Plazo, Adicionales con Deductivos o Deductivos Vinculantes sin incremento presupuesta! al proyecto. Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

SUBGERENCIA DE ESTUDIOS DE INVERSIÓN

ING. LUIS ENRIQUE CAPUÑAY QUIÑONES

 R. Nº 017-2023-MDPP (Ver/Descargar)

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La Subgerencia de Estudios de Inversión es la unidad orgánica responsable de la formulación de todas las inversiones públicas para la dotación de infraestructura que requiere el distrito. Depende de la Gerencia de Inversiones Públicas. 

  • Formular y evaluar proyectos de inversión y aprobar las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación que se enmarquen en las competencias de la municipalidad distrital.
  • Aplicar los contenidos, las metodologías y los parámetros de formulación y evaluación aprobados por el ente rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como las metodologías específicas aprobadas por los Sectores, para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión.
  • Formular las fichas técnicas y los estudios de preinversión con el fin de sustentar la concepción técnica, económica y el dimensionamiento de los proyectos de inversión, teniendo en cuenta los objetivos, metas de producto e indicadores de resultado previstos en la fase de Programación Multianual de Inversiones; así como los fondos públicos estimados para la operación y mantenimiento de los activos generados por el proyecto de inversión y las formas de financiamiento.
  • Registrar en el Banco de Inversiones los proyectos de inversión y las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación.
  • Realizar la consistencia técnica entre el resultado del expediente técnico o documento equivalente y la ficha técnica o estudio de preinversión que sustentó la declaración de viabilidad de los proyectos de inversión.
  • Supervisar y controlar la elaboración de expedientes técnicos a ser ejecutados por la municipalidad, así como los elaborados por servicios externos, en concordancia con las normas vigentes.
  • Supervisar la ejecutar de las obras, bajo la modalidad de administración directa y en la modalidad de contrato.
  • Declarar la viabilidad de las de inversiones.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Inversiones Públicas en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

GERENCIA GESTIÓN AMBIENTAL

ING. NELLY ANALY COAGUILA POCCO

 R. Nº 021-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6252

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La gerencia de Gestión Ambiental es el órgano de línea responsable de dirigir, planificar, organizar, supervisar y evaluar la protección y conservación del ambiente y saneamiento ambiental, en concordancia con el sistema Nacional de Gestión Ambiental. Depende de la Gerencia Municipal.
  • Elaborar la propuesta de Plan Operativo Institucional correspondiente a su Unidad Orgánica, alineada al Plan Estratégico Institucional (PEI), y ejecutarlo una vez aprobado.
  • Proponer normas y estrategias para la gestión ambiental y saneamiento ambiental, en concordancia con la normativa de la materia.
  • Implementar los instrumentos de gestión ambiental en coordinación con las entidades del gobierno nacional y regional, en el marco de la normativa de la materia.
  • Planificar y supervisar la aplicación local de los instrumentos de planeamiento y de gestión ambiental, en el marco del sistema nacional y regional de gestión ambiental.
  • Promover la educación e investigación ambiental en su jurisdicción.
  • Promover, difundir y apoyar programas de saneamiento.
  • Controlar y fiscalizar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente.
  • Gestionar la salubridad, limpieza pública, recojo de residuos sólidos, su transferencia y disposición final de residuos municipales y no municipales del distrito.
  • Supervisar las acciones relaciones al mantenimiento y conservación de áreas verdes, parques zoológicos; así como las relacionadas a la ecología y protección del medio ambiente.
  • Administrar y reglamentar, directamente o por concesión, limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Emitir Resoluciones en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

SUBGERENCIA DE LIMPIEZA PÚBLICA

ING. MILAGROS MAIGRET MASS PEREZ

 R. Nº 073-2024-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6302

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La Subgerencia de Limpieza Pública es la unidad orgánica responsable de programar, ejecutar y controlar los servicios municipales de saneamiento ambiental y limpieza pública, en concordancia con el Sistema Nacional de Gestión Ambienta. Depende de la Gerencia de Gestión Ambiental. 

  • Formular, proponer y aplicar normas programas y proyectos en aseo, higiene y salubridad, en concordancia con las normas vigentes.
  • Ejecutar y controlar el servicio de limpieza pública, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios.
  • Controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas y otros lugares públicos locales
  • Brindar y proponer las normas para el servicio de limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, directamente o por concesión.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Gestión Ambiental en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

SUBGERENCIA DE PARQUES Y JARDINES

 ING. AIDA MARLENE JAUREGUI GARCIA

 R. Nº 022-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6301

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La Subgerencia de Parques y Jardines es la unidad orgánica encargada de programar, ejecutar y controlar, los servicios municipales de mantenimiento de áreas verdes, parques y jardines, en concordancia con el Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Depende de la Gerencia de Gestión Ambiental. 

  • Formular, proponer y aplicar normas programas y proyectos de ampliación y conservación de áreas verdes en el distrito, en concordancia con las normas vigentes
  • Establecer, mantener y control de áreas verdes, parques y jardines, directamente o a través de concesiones.
  • Proponer la creación de áreas de conservación ambiental.
  • Ejecutar programas y proyectos de ampliación y conservación de áreas verdes en el distrito.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Gestión Ambiental en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

GERENCIA DE SALUD

BACH. SILA PILAR CHAHUA BAILON

 R. Nº 205-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6220

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La Gerencia de Salud es el órgano de línea responsable de dirigir, planificar, organizar, supervisar, desarrollar y evaluar los servicios de salud, del cementerio municipal. Depende de la Gerencia Municipal. 

  • Formular, proponer e implementar normas, programas y proyectos de salud, en concordancia con las normas vigentes.
  • Gestionar la atención primaria de la salud y realizar campañas preventivas.
  • Controlar los proyectos, programas y actividades que promuevan el desarrollo humano, en el ámbito de salud.
  • Brindar atención primaria en salud y controlar estas atenciones
  • Realizar campañas de medicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y profilaxis local.
  • Gestionar los servicios del cementerio municipal.
  • Expedir carnés de sanidad.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/ella Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA

  LIC. DEYSI LINN ORTIZ TARAZONA (e)

 R. Nº 058-2024-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6244

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La Gerencia de Seguridad Ciudadana es el Órgano responsable de dirigir, planificar, organizar, supervisar y evaluar las acciones relacionadas a la seguridad ciudadana. Depende de la Gerencia Municipal.

  • Proponer normas, políticas y estrategias para la gestión de la seguridad ciudadana, en concordancia con las normas vigentes sobre las materias.
  • Gestionar los servicios de serenazgo en la jurisdicción, de acuerdo a ley.
  • Proponer y ejecutar los programas de instrucción y entrenamiento permanente del personal de seguridad ciudadana.
  • Dirigir, supervisar y evaluar el servicio de seguridad ciudadana con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional.
  • Realizar el patrullaje municipal en forma sistémica, articulada y sectorizada al interior del ámbito geográfico de la municipalidad, mediante el cual se presta el servicio de serenazgo, así como las demás modalidades de prestación de este servicio municipal.
  • Identificar los puntos críticos y zonas de riesgo, teniendo como referencia el mapa del delito elaborado por las comisarías de la jurisdicción y el mapa de riesgo.
  • Prestar servicios de videovigilancia y radiocomunicación, empleando tecnologías de información y comunicación, considerando las disposiciones vigentes dictadas por el Ministerio del Interior.
  • Prestar orientación y auxilio inmediato a la ciudadanía en materia de seguridad ciudadana, con especial énfasis a las personas en situación de vulnerabilidad y grupos de especial protección.
  • Realizar acciones disuasivas y preventivas para emitir alertas tempranas en apoyo a las funciones de Seguridad Ciudadana que cumple la Policía Nacional del Perú y otras instituciones vinculadas a la seguridad ciudadana.
  • Propiciar el orden, la tranquilidad, la seguridad y la convivencia pacífica en la comunidad, respetando las normas vigentes y los derechos fundamentales de la persona.
  • Coadyuvar en la detección de las infracciones a las ordenanzas municipales, comunicando oportunamente al área correspondiente de la municipalidad, para el inicio de los procesos sancionadores establecidos en las normas vigentes.
  • Realizar acciones de apoyo interinstitucional en materia de seguridad ciudadana, previa coordinación con los organismos que lo soliciten.
  • Colaborar y prestar apoyo a las diferentes unidades orgánicas de la municipalidad, para la ejecución de acciones en materia de seguridad ciudadana.
  • Emitir Resoluciones en el ámbito de su competencia.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

GERENCIA DE ORDENAMIENTO URBANO

ING. JESÚS EMANUEL SALAZAR LOAYZA

 R. Nº 192-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6223

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La Gerencia de Ordenamiento Urbano es el órgano responsable de dirigir, planificar, organizar, supervisar y evaluar las acciones relacionadas a la fiscalización, cautelando el cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas; así como el tránsito, circulación y transporte de vehículos menores. Depende de la Gerencia Municipal.

  • Formular, proponer y aplicar normas, programas y proyectos relacionados al control urbano, y, al tránsito, circulación y transporte de vehículos menores, en concordancia con las normas vigentes.
  • Supervisar las acciones relacionadas al tránsito, circulación y transporte de vehículos menores, de la jurisdicción, de acuerdo a ley.
  • Fiscalizar las habilitaciones urbanas, construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábricas, espectáculos públicos, ubicación de avisos publicitarios y propaganda política, así como las actividades económicas con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones de los titulares de las licencias de funcionamiento.
  • Controlar el cumplimiento de las normas del comercio ambulatorio, higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, a nivel distrital, en concordancia con las normas vigentes.
  • Realizar el control de pesos y medidas, así como el del acaparamiento, la especulación y la adulteración de productos y servicios.
  • Supervisar el funcionamiento de los mercados de abastos, carnales y locales similares, y desarrollar y ejecutar planes de mejoramiento continuo de los mismos para garantizar la calidad y procedencia de productos de consumo humano.
  • Administrar los registros y empadronamientos de comerciantes formales e informales, según giro del negocio, informando periódicamente de los mismos a la Gerencia de Administración Tributaria.
  • Realizar operativos de fiscalización en coordinación con la Policía Nacional, el Ministerio Público y otros que la situación lo amerite, detección de infracciones, imposición de sanciones y ejecución de ellas por incumplimiento de las normas o disposiciones establecidas.
  • Mantener y coadyuvar al adecuado uso de los espacios públicos.
  • Emitir Resoluciones en el ámbito de su competencia.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Realizar el control sanitario y de la calidad de los alimentos y sancionar su incumplimiento en coordinación con la unidad de organización competente.
  • Programar, coordinar y controlar las actividades de difusión a través de medidas preventivas que tengan por finalidad un cambio de conducta en los administrados, a fin de garantizar el cumplimiento voluntario de las disposiciones administrativas municipales.
  • Fiscalizar y realizar labores de control respecto a la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente, en coordinación con la unidad de organización competente.
  • Gestionar, evaluar y adoptar las acciones que correspondan en razón a las denuncias de los administrados, realizando acciones previas de seguimiento e inspección permanente con el objeto de determinar el inicio de un procedimiento administrativo sancionador.
  • Iniciar el procedimiento administrativo sancionador, con la fase instructiva, pudiendo realizar actuaciones previas de investigación, disponer la realización de actuaciones complementarias, como inspecciones sanitarias y de salubridad entre otros, con el objeto de determinar con carácter preliminar si concurren circunstancias, que justifiquen su iniciación.
  • Coordinar con entidades del Estado (Ministerio Público, Ministerio de Transporte y Comunicaciones, Ministerio de Agricultura y Riego, Ministerio de Ambiente, Policía Nacional, entre otros), cuya participación se requiera

SUBGERENCIA DE TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL

ING. CARLOS BRUNO BRUSTON BERMUDEZ

 R. Nº 0113-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6325

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La Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial es la unidad orgánica responsable del tránsito, circulación y transporte público en el distrito. Depende de la Gerencia de Ordenamiento Urbano. 

  • Formular, proponer y aplicar normas programas y proyectos de tránsito, circulación y transporte público, en concordancia con las normas vigentes.
  • Controlar el servicio público de transporte urbano, mediante la detección de infracciones, imposición de sanciones y ejecución de ellas por incumplimiento de las normas o disposiciones que regulan dicho servicio, con el apoyo de la Policía Nacional asignada al control de tránsito.
  • Instalar, organizar, mantener y renovar los sistemas de señalización de tránsito y nomenclaturas de vías, de conformidad con el reglamento nacional respectivo y en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano.
  • Otorgar autorizaciones para la prestación del servicio de transporte de vehículos menores; así como para sus estaciones de ruta.
  • Otorgar autorizaciones para instalación de elementos de seguridad en vías locales (rejas batientes, plumas levadizas y casetas de vigilancia).
  • Programar y ejecutar campañas o programas de educación y seguridad vial.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Seguridad Ciudadana en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

GERENCIA DE PARTICIPACIÓN VECINAL

LIC. DEYSI LINN ORTIZ TARAZONA

 R. Nº 177-2023-MDPP (Ver/Descargar)

(01) 219-6200 Anexo: 6263

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La Gerencia de Participación Vecinal es el órgano de línea encargado de promover la participación ciudadana, defensa, promoción de derechos ciudadanos y registro civil, a fin de generar una cultura cívica, responsable y vigilante de los asuntos de la gestión local. Depende de la Gerencia Municipal.

  • Dirigir, coordinar, supervisar y ejecutar las actividades de registros de matrimonios, divorcios y otros registros marginales encomendados, de conformidad con las disposiciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil- RENIEC.
  • Supervisar y promover el funcionamiento de los espacios de concertación entre instituciones, entre los vecinos y los programas sociales, así como de las agencias municipales.
  • Programar, organizar y controlar la realización de las elecciones de los delegados de las Juntas Vecinales.
  • Mantener actualizados los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción.
  • Planificar, implementar y supervisar los procesos para la promoción y fiscalización de la participación vecinal.
  • Resolver administrativamente los conflictos entre vecinos y fiscalizar el cumplimiento de los acuerdos de las juntas de propietarios de edificios y de las juntas vecinales, con facultad para imponer sanciones por dichos incumplimientos, luego de una obligatoria etapa de conciliación extrajudicial.
  • Reconocer y registrar a las instituciones y organizaciones que realizan acción y promoción social concertada con el gobierno local.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

SUBGERENCIA DE PROGRAMAS ALIMENTARIOS

  ING. IVAN YAMIL SATURNO CHAVEZ

 R. Nº 216-2023-MDPP (Ver/Descargar)

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La Subgerencia de Programas Alimentarios es la unidad orgánica encargada de programar, ejecutar y controlar los programas alimentarios, programa de vaso de leche, programas de complementación alimentaria y ollas comunes. Depende de la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social.

  • Formular, proponer e implementar normas para los programas sociales, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economía regional y
  • Ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propios y transferidos, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economía regional y local.
  • Programar, ejecutar y controlar los programas de vaso de leche, alimentación complementaria y similares, de acuerdo con las normas legales vigentes.
  • Coordinar las acciones necesarias para el mantenimiento y buen funcionamiento de las instalaciones de comedores populares, clubes de madre, vaso de leche y demás infraestructuras.
  • Promover y concertar la cooperación pública y privada en los distintos programas alimentarios locales.
  • Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planificación, gestión y vigilancia de los programas alimentarios, así como de apoyo a la población en riesgo.
  • Establecer canales de comunicación y cooperación entre los vecinos y los programas alimentarios.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Participación Vecinal y Desarrollo Social en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

SUBGERENCIA DE EDUCACIÓN, CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTE

LIC. ALESSANDRA MICAELA RAMOS VASQUEZ

 R. Nº 074-2024-MDPP (Ver/Descargar)

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La Subgerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deporte es la unidad orgánica encargada de programar, ejecutar y controlar los programas de recreación, deportivos, culturales y de educación. Depende de la Gerencia de Prevención.

  • Formular, proponer e implementar normas, programas y proyectos de educación, cultura, deporte y recreación en concordancia con las normas vigentes.
  • Controlar los proyectos, programas y actividades que promuevan el desarrollo humano, en los ámbitos de educación y cultura.
  • Controlar los proyectos, programas y actividades que promuevan el desarrollo humano, en los ámbitos de deporte y recreación.
  • Ejecutar los programas deportivos y recreacionales, con perspectiva de igualdad de oportunidades.
  • Administrar y mantener las infraestructuras deportivas a cargo de la entidad.
  • Ejecutar los programas educativos con perspectiva de igualdad de oportunidades.
  • Administrar y mantener la Biblioteca, teatro, centros culturales y talleres de arte que fomenten la educación, cultura y lectura como herramienta para generar conocimiento.
  • Proteger y difundir el patrimonio cultural de la jurisdicción y colaborar para su identificación, registro, control, conservación y restauración, en coordinación con las entidades correspondientes.
  • Ejecutar actividades culturales para fomentar y consolidar una cultura cívica, democrática y fortalecer la identidad cultural de la población campesina, nativa y afroperuana.
  • Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Prevención en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

AGENCIA SUR

ANA LUZ CALDERON RICAPPA

 R. Nº 0218-2023-MDPP (Ver/Descargar)

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Las Agencias Municipales dependerán de la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social y está bajo responsabilidad del Agente Municipal, designado por el Alcalde mediante resolución. Además, estarán ubicadas en zonas alejadas del distrito (Norte, Centro y Sur); donde están encargadas de brindar servicios municipales desde un enfoque de la Política Nacional de Modernización de manera oportuna, eficiente y eficaz, mejorando la calidad de vida del ciudadano.

  • Brindar orientación a los ciudadanos acerca de los procedimientos administrativos municipales que requieran.
  • Promover el desarrollo comunal conforme la ley y con participación de los vecinos.
  • Recibir, registrar y derivar los expedientes vía el sistema de trámite documentado, de los ciudadanos que concurran a la Agencia Municipal, en coordinación con la Oficina de Atención al Ciudadano.
  • Entregar los documentos conteniendo los actos administrativos que resuelvan los trámites efectuados por los ciudadanos del ámbito de la Agencia Municipal, en coordinación con las unidades de organización competentes.
  • Recibir, registrar y depositar los ingresos municipales de acuerdo al Sistema de Tesorería y normativa vigente, en coordinación con la Oficina de Finanzas.
  • Promocionar y desarrollar actividade􀀩 de participación ciudadana en coordinación con la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social.
  • Coordinar con las unidades de organización para la atención de procedimientos administrativos y servicios a nivel del ámbito de la Agencia Municipal en temas relacionados a Licencias de funcionamiento, ITSES, Licencias de Edificaciones, Autorizaciones, y otros que disponga la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social.
  • Promocionar y desarrollar actividades de participación ciudadana en coordinación con la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social.
  • Promocionar y desarrollar actividades relacionadas con la Educación, Cultura y Deporte en el ámbito de la Agencia Municipal, en coordinación con las unidades de organización competentes.
  • Apoyar en la difusión del Presupuesto Participativo, brindando las facilidades para el desarrollo del proceso a a Oficina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Participación Vecinal y Desarrollo Social en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

AGENCIA NORTE

TEC. GREYSY LISSETH FALCON CASHU

 R. Nº 0217-2023-MDPP (Ver/Descargar)

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Las Agencias Municipales dependerán de la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social y está bajo responsabilidad del Agente Municipal, designado por el Alcalde mediante resolución. Además, estarán ubicadas en zonas alejadas del distrito (Norte, Centro y Sur); donde están encargadas de brindar servicios municipales desde un enfoque de la Política Nacional de Modernización de manera oportuna, eficiente y eficaz, mejorando la calidad de vida del ciudadano.

  • Brindar orientación a los ciudadanos acerca de los procedimientos administrativos municipales que requieran.
  • Promover el desarrollo comunal conforme la ley y con participación de los vecinos.
  • Recibir, registrar y derivar los expedientes vía el sistema de trámite documentado, de los ciudadanos que concurran a la Agencia Municipal, en coordinación con la Oficina de Atención al Ciudadano.
  • Entregar los documentos conteniendo los actos administrativos que resuelvan los trámites efectuados por los ciudadanos del ámbito de la Agencia Municipal, en coordinación con las unidades de organización competentes.
  • Recibir, registrar y depositar los ingresos municipales de acuerdo al Sistema de Tesorería y normativa vigente, en coordinación con la Oficina de Finanzas.
  • Promocionar y desarrollar actividade􀀩 de participación ciudadana en coordinación con la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social.
  • Coordinar con las unidades de organización para la atención de procedimientos administrativos y servicios a nivel del ámbito de la Agencia Municipal en temas relacionados a Licencias de funcionamiento, ITSES, Licencias de Edificaciones, Autorizaciones, y otros que disponga la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social.
  • Promocionar y desarrollar actividades de participación ciudadana en coordinación con la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social.
  • Promocionar y desarrollar actividades relacionadas con la Educación, Cultura y Deporte en el ámbito de la Agencia Municipal, en coordinación con las unidades de organización competentes.
  • Apoyar en la difusión del Presupuesto Participativo, brindando las facilidades para el desarrollo del proceso a a Oficina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Participación Vecinal y Desarrollo Social en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

AGENCIA CENTRO

BRENDA MILAGRITOS SANTANA SAENZ

 R. Nº 0219-2023-MDPP (Ver/Descargar)

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Las Agencias Municipales dependerán de la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social y está bajo responsabilidad del Agente Municipal, designado por el Alcalde mediante resolución. Además, estarán ubicadas en zonas alejadas del distrito (Norte, Centro y Sur); donde están encargadas de brindar servicios municipales desde un enfoque de la Política Nacional de Modernización de manera oportuna, eficiente y eficaz, mejorando la calidad de vida del ciudadano.

  • Brindar orientación a los ciudadanos acerca de los procedimientos administrativos municipales que requieran.
  • Promover el desarrollo comunal conforme la ley y con participación de los vecinos.
  • Recibir, registrar y derivar los expedientes vía el sistema de trámite documentado, de los ciudadanos que concurran a la Agencia Municipal, en coordinación con la Oficina de Atención al Ciudadano.
  • Entregar los documentos conteniendo los actos administrativos que resuelvan los trámites efectuados por los ciudadanos del ámbito de la Agencia Municipal, en coordinación con las unidades de organización competentes.
  • Recibir, registrar y depositar los ingresos municipales de acuerdo al Sistema de Tesorería y normativa vigente, en coordinación con la Oficina de Finanzas.
  • Promocionar y desarrollar actividade􀀩 de participación ciudadana en coordinación con la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social.
  • Coordinar con las unidades de organización para la atención de procedimientos administrativos y servicios a nivel del ámbito de la Agencia Municipal en temas relacionados a Licencias de funcionamiento, ITSES, Licencias de Edificaciones, Autorizaciones, y otros que disponga la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social.
  • Promocionar y desarrollar actividades de participación ciudadana en coordinación con la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social.
  • Promocionar y desarrollar actividades relacionadas con la Educación, Cultura y Deporte en el ámbito de la Agencia Municipal, en coordinación con las unidades de organización competentes.
  • Apoyar en la difusión del Presupuesto Participativo, brindando las facilidades para el desarrollo del proceso a a Oficina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones.
  • Las demás que le asigne el/la Gerente de Participación Vecinal y Desarrollo Social en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.
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